PRESENTADO ANTE LA AUDIENCIA NACIONAL EL RECURSO CONTRA LA VALORACIÓN DE ESPECIALIDADES EN LA OPE DE URG
El pasado 22 de Marzo ha sido presentado ante la Sección 4ª de la Audiencia Nacional el recurso que por “conculcar derechos fundamentales” fue admitido a tramite por dicha Sección 4ª.Dicho recurso fue presentado por el letrado D. José Carlos Palma, con bufete en Málaga, a instancia de SEMES-Nacional por no estar conforme con la baremación de 16 puntos a todos aquellos especialistas que se presentaran a la OPE de URG.
Dicho recurso ha sido presentado contra la Orden de 4 de Diciembre de 2001 y publicada en el BOE 295 de10 de Diciembre por la que se convocaba “.....proceso extraordinario de selección y provisión de plazas en las instituciones sanitarias dependientes del Insalud”.En dicha Orden, en el Anexo I, baremo de meritos ,en la fase de selección y dentro del apartado de formación, se adjudica a todos aquellos Especialistas que se presenten a dicha OPE de URG. 16 puntos; este hecho es el “diferenciador”que ha empujado a SEMES-N. ha presentar el recurso admitido ahora a tramite por la Audiencia Nacional.
Como podéis comprobar en archivos que os adjunto conteniendo las demandas completas, uno de los argumentos del letrado Sr. Palma es el referido al contenido del punto 1 de la disposición adicional séptima de la Ley 16/01,de 21 de Noviembre, por la que se promulgaba la OPE extraordinaria de consolidación del empleo en los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud: “ A los aspirantes que participen en la fase de selección que establece el capitulo II de esta Ley para aquellas categorías de personal o, en su caso, especialidades del grupo de titulación A, para cuyo desempeño no se exija encontrarse en posesión del titulo de especialista, no les será objeto de computo, en la valoración de la formación, el hecho de hallarse en posesión del titulo de especialista recogido en las letras a),b),c) del apartado 3.2.1. del articulo 6 de esta ley.”
Una vez resuelto este recurso, y en relación a la sentencia que dicten los Magistrados de dicha sección 4ª, se aplicaría a las distintas OPES que se convocaran en el resto de las Autonomías del Estado.
Presentado este recurso el 22 de Marzo, dispone el Abogado del Estado que represente al Ministerio de Sanidad de 8 días para sus alegaciones. Una vez presentadas estas, los Magistrados de la Audiencia cuentan con un plazo legal de 5 días para emitir sentencia. Esta “rapidez”,inusual en nuestro sistema judicial, es debido a que estamos ante un tramite de urgencia ,al ser admitida la demanda por “conculcar derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución”. Una vez superados estos tramites, esperamos tener noticias de la sentencia sobre la segunda quincena de Abril.
Se adjuntan dos archivos conteniendo las demandas COMPLETAS (hacer clic sobre ellas para verlas).
JUAN BENITEZ –Secretario de ASMUA