CARTA DEL SECRETARIO TÉCNICO DE SEMES Y

PRESIDENTE DE ASMUA Dr. JORGE LOPEZ PEREZ

 OPE- EXTRAORDINARIA  PARA CONSEGUIR LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO

 15-12-01

 

Estimados compañeros:

                                      En un intento de aportar luz, a la actual crisis que estamos viviendo, respecto a la OPE de INSALUD, que no olvidemos, es la que precede a la del resto del Territorio Nacional y debería ser común y conjunta en todos sitios, quiero reflexionar sobre los siguientes puntos.

 

                                    1º- Si la aplicación de la Ley 16/2001, de 21 de Noviembre, es la referencia para la convocatoria de plazas de Urgencias, se está vulnerando, intencionada y deliberadamente, la Disposición Adicional Séptima de la mencionada Ley, por la que se establece este proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario, siendo de total aplicación su apartado “1”, en cuanto a que para las categorías para cuyo desempeño no se exija encontrarse en posesión del título de especialista, no les será objeto de cómputo, en la valoración de la formación acreditada, el hecho de hallarse en posesión del título de especialista recogido en las letras a), b), c), y d) del apartado 3.2.1 del art. 6 de dicha Ley.

 

                                   2º.- No olvidemos que la finalidad primera de esta Ley es conseguir la estabilidad en el empleo de aquellos profesionales que ya vienen desempeñando dicha función, durante largos años. Otros intentos maliciosos y oportunistas, están lejos de la finalidad de esta Ley, y sólo actúan como elementos distorsionadores de la realidad.

 

                                  3º.- Las plazas de Médico de Urgencias, siempre hemos defendido y reiterado en múltiples ocasiones, son : “Diferentes y diferenciadas” del resto de las especialidades, por lo cual defendemos una Categoría seria y una Especialidad digna, y en consecuencia NEGAMOS un ACE y una categoría donde puntúan todas las especialidades, menos los generalistas que han soportado todo el peso de las urgencias en este país y siguen siendo una gran mayoría en dicho ámbito.

 

                                  4º.- En aras de la verdad, hemos defendido y defendemos también, el hecho de considerar  Médico de Urgencias a todo áquel que desempeñe de forma continuada su labor asistencial en las áreas de urgencias, sin tener en cuenta su procedencia, creencia o especialidad. “Es la función específica en un campo específico, lo que nos hace diferentes en todos los aspectos y  a  todos los fines”.

 

                                  5º.- Como consecuencia de los dos puntos anteriores, pienso que es injusto e intolerable, que se puntúe con 16 puntos, equivalentes a 4,4 años de trabajo, a cualquier especialidad, que en múltiples ocasiones ni aparecen por urgencias, caso de preventivistas, anatomopatólogos,....... Y también por el mismo motivo y en honor a la realidad, no le podemos negar a un compañero una formación que tiene acreditada y es un trabajador de urgencias como nosotros.

 

                                  6º.- En conclusión, entiendo que NINGUNA especialidad debe puntuar en urgencias, y que sólo el tiempo trabajado en las mismas debe ser valorado. Y es aquí donde en justicia debe dársele a cada especialidad, el tiempo trabajado en urgencias, ya que sus guardias, no lo olvidemos son asistenciales. Así pues, los Familia deberían puntuar, NO 16 puntos, sino el equivalente a las guardias realizadas en sus tres años de formación que en total suponen aproximadamente 6,5 puntos, ya que de lo contrario se le estarían reconociendo 4,4 años a una especialidad que tienen 3 años de formación. Y para el resto de las especialidades el equivalente a 4,4 puntos.

 

                                  7º.- El realizar las cuentas de otra forma, siempre se convertirá en un agravio comparativo entre nosotros, al igual que el permitir que se puntúe con los 16 puntos actuales, pone en serio peligro, a los generalistas que lleven menos de siete años en urgencias. Y eso en el mejor de los casos, ya que la entrevista podría ser una segunda trampa, en vez de cumplir la finalidad prevista.

 

                                  8º.- Teniendo en cuenta todos los puntos anteriores, entiendo, que de mantenerse las actuales circunstancias de vulneración de la Ley 16/2001, en la aplicación de la OPE del INSALUD y posteriores autonomías, en aras de la equidad, igualdad y derechos adquiridos de los actuales médicos de urgencias,” la mencionada OPE debe ser impugnada en régimen cautelar”.

 

                                  9º.- Como Secretario Técnico de SEMES, os informo que ya hemos elaborado el borrador de impugnación, remitido a nuestro Presidente Luis Jiménez Murillo, para que tras análisis de su Junta Directiva, tome las medidas que estime oportunas, que para mí, han quedado claramente patentes en sus últimas actuaciones y declaraciones.

 

                                   Atentamente:

                            

                                                             Jorge López Pérez

                                                     Secretario Técnico de SEMES