Tras la entrada en vigor de la Orden de 9 de febrero de 2000 de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, por la que se regulan las plazas de Médicos de Familia y de Enfermeras en las Unidades de Cuidados Críticos y Urgencias y, una vez rubricado por el Servicio Andaluz de Salud y los Sindicatos representativos de la Mesa Sectorial de Sanidad, el Pacto de 3 de abril de 2000, por el que se desarrollan tanto la referida Orden como el Acuerdo de 17 de noviembre de 1999, la Federación de Sanidad de Comisiones Obreras de Andalucía, junto a la Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias en Andalucía y a ASMUA, atendiendo a la situación de conflicto por la que atraviesan los Servicios de Urgencia en nuestra comunidad y con el objetivo de contribuir a la suma de esfuerzos que favorezcan la búsqueda de soluciones para los profesionales de estos servicios, suscriben el presente
ACUERDO DE COLABORACIÓN
1º.- CC.OO., como organización sindical con representación en Mesa Sectorial de Sanidad, se compromete a defender en este ámbito de concertación, las siguientes propuestas:
I. Definición y consolidación de las plantillas.
a) Consolidar en plantilla presupuestaria todos los puestos de trabajo actuales, tanto interinos como eventuales o refuerzos, de Médicos de Servicios de Cuidados Críticos y Urgencias de Hospitales, así como de Médicos, Enfermeras y Personal no Sanitario de SEUs, SNUs y Dispositivos de Cuidados Críticos y Urgencias extrahospitalarias. Este objetivo debe ser alcanzado como máximo en septiembre del presente año.
b) Una vez aprobada las distintas resoluciones de plantillas, se procederá a la adecuación inmediata de todos los nombramientos del personal que se encuentre contratado o nombrado como personal interino, eventual o de refuerzo en las Unidades de urgencia referidas, mediante nombramiento interino como personal estatutario en las plazas a las que se refiere la Orden, tal y como establece en su disposición transitoria única, hasta tanto las mismas se ocupen con carácter definitivo por los mecanismos legalmente establecidos. En relación con el personal propietario, nos remitimos a los suscrito en el Pacto del 3 de abril. Este objetivo debe ser alcanzado inmediatamente después de cubierto el anterior, y antes de que finalice el plazo dado por el SAS para ocupar las nuevas plazas.
c) A través de la OPE'2000, deberá completarse la oferta de la totalidad de vacantes existentes en la actualidad. Este objetivo debe ser alcanzado antes de finalizar el presente año.
II. Proceso selectivo para acceso a plaza estatutaria fija.
a) Minimizar el Concurso de Traslados, para reducirlo a cubrir las expectativas de traslado que pueda tener el personal propietario de estos servicios en Andalucía.
b) Atendiendo a que el trabajo que se realiza en los servicios de urgencia es diferente y diferenciado de cuantos se vienen prestando por las especialidades médicas actualmente en vigor, no habiendo servicio ni especialidad que reúna requisitos suficientes para tener preferencia o ser el más adecuado para atender las urgencias, ninguna titulación de especialidad tendrá un peso determinante en la valoración de méritos, ya que estos procederán, fundamentalmente, de la experiencia profesional en estos servicios, valorándose al máximo que permita la Ley 30/99, así como el futuro Decreto que lo desarrolle en Andalucía.
c) El Plan de Formación Continuada y específica deberá finalizar antes del
inicio de la convocatoria de los procesos selectivos, a fin de posibilitar su valoración como mérito.
b) CC.OO. propondrá que SEMES, como Sociedad científica de las urgencias, en colaboración con ASMUA, participe en el referido programa de Formación Continuada, así como en la elaboración de los temarios para las Oposiciones y como miembro del Tribunal calificador.
c) CC.OO. demandará que los exámenes de acceso a plazas de Médicos de Atención Primaria y de Médicos de Urgencia en Andalucía se hagan el mismo día.
d) Se le planteará al SAS para que lleve al Consejo Interterritorial del SNS, así como llevaremos nosotros mismos, a través de nuestra estructura estatal, la máxima unificación posible de fechas de realización de exámenes en los distintos Servicios de Salud, incluido Insalud, que convoquen plazas de iguales o similares características.
III. Puesto específico/Categoría
a) Con independencia de que, en un próximo futuro pueda reconsiderarse la decisión de haber optado en Andalucía por la definición de un puesto específico, en función de la propia evolución de este grupo profesional y de los servicios de urgencia en el conjunto del SNS, CC.OO. se compromete a revisar su decisión de inmediato, caso de existir problemas legales para definir plazas con temarios y baremos de méritos diferenciados, que impidan el mantenimiento de la actual Disposición Adicional Séptima del borrador de futuro Decreto de Selección y Provisión de Plazas en Andalucía.
IV. Especialidad de Urgencias
a) CC.OO. propondrá al SAS para que eleve al Consejo Interterritorial del SNS, así como a la Consejería de Salud para que haga lo propio ante el Ministerio de Sanidad, la conveniencia de crear la especialidad médica de Medicina de Urgencias y Emergencias.
b) De no ser esto viable a corto plazo, se avanzará en la creación del Área de capacitación específica, garantizando el acceso a la misma a los actuales Médicos de Urgencia.
V. Servicio funcional específico de Urgencias.
a) CC.OO. propondrá, en el seno de la Mesa de Urgencias y en el marco del debate sobre la revisión del modelo de atención a las urgencias, así como de los criterios de ordenación funcional de dichas unidades, la configuración de las actuales Áreas de Urgencia hospitalarias como Servicio específico, diferenciado, jerarquizado y no dependiente de ningún otro Servicio hospitalario.
b) En ese mismo marco, CC.OO. orientará sus propuestas hacia la consecución de un modelo de asistencia urgente que permita la creación en Andalucía de un sistema integral de urgencias, desde el que se coordinen todos los recursos de urgencias y emergencias, tanto hospitalarios como extrahospitalarios, existentes en nuestra comunidad.
2º.- En aras de conseguir el clima adecuado de confianza en la negociación, ASMUA se compromete a desconvocar o suspender indefinidamente la huelga que se viene realizando todos los lunes en los servicios de urgencia, que sólo podrá reanudarse, manteniendo este Acuerdo de Colaboración, por acuerdo de todas las organizaciones firmantes, si la situación lo aconsejara. En el bien entendido que esto no afecta a las iniciativas legales realizadas por ASMUA para la obtención de la estabilidad laboral de sus asociados.
3º.- Desde el espíritu de colaboración y coincidencias básicas que definen este Acuerdo, respetando siempre la plena autonomía de las organizaciones firmantes, la SEMES se compromete a asesorar técnicamente a CC.OO. en todos aquellos temas de contenido profesional que sean recomendables, así como facilitando la participación de sus afiliados/as en aquellos cursos de formación que pueda organizar.
4º.- Todas las organizaciones firmantes, se comprometen a participar constructivamente en aquellas jornadas o grupos de trabajo que CC.OO. organice para desarrollar los contenidos de la Mesa de Urgencias, fundamentalmente en lo que afecta a la definición del modelo o desarrollo profesional.
5º.- Se crea una Comisión de seguimiento del presente Acuerdo, que estará formada por dos miembros de cada organización, cuyo cometido será la evaluación del proceso de negociación sobre las urgencias, así como la posible revisión de los contenidos del presente Acuerdo, cuyos acuerdos deberán adoptarse por consenso. Esta Comisión se reunirá de forma ordinaria, al menos, una vez al trimestre y de forma extraordinaria cuando así lo solicite una, al menos de las organizaciones.
Lo que suscriben, en Sevilla, a 17 de mayo de 2000
Leonardo Romero Pérez Luis Jiménez Murillo Jorge López Pérez
Secretario General Presidente Presidente
FSA - CCOO SEMES ANDALUCÍA ASMUA